Violencia institucional

Conocé tus derechos: Lo que la policía puede y no puede hacer

La policía no puede detenerte arbitrariamente

En la Provincia de Buenos Aires, la ley establece que la Policía sólo puede detenerte bajo ciertas circunstancias específicas:
  • Cuando existe una orden judicial.
  • Si te encuentran cometiendo un delito o quebrantando la ley.
  • Por averiguación de identidad: Solo si no tenés identificación o te negás a darla, y siempre que las circunstancias lo justifiquen razonablemente.
Importante:
  • No pueden detenerte por tu condición social, económica, cultural, edad, género, identidad, orientación sexual, nacionalidad, etnia, religión, ideología política, etc..
  • La detención por averiguación de identidad no puede durar más de 12 horas y debe notificarse inmediatamente a la autoridad judicial competente.
  • No estás obligado/a a llevar tu DNI en la vía pública, pero es recomendable tener alguna identificación personal.
  • La identificación debe realizarse en el lugar y puede acreditarse con cualquier documento (DNI, cédula de identidad, pasaporte, carnet de conducir, carnet de obra social, etc.).
  • Tenés derecho a que durante el procedimiento solo intervenga personal de tu mismo género.

Tus derechos si te detienen

Si la policía te detiene, tenés derecho a:
  1. Ser informado/a de la razón concreta de la aprehensión y de los derechos que te asisten.
  2. Guardar silencio y no contestar preguntas que no querés responder.
  3. No manifestarte contra vos mismo/a y no confesarte culpable.
  4. Comunicarte inmediatamente con un familiar, allegado o abogado para informar tu detención y el lugar de custodia.
  5. Designar un abogado y solicitar su presencia inmediata.
  6. Solicitar un reconocimiento médico que verifique tu estado psicofísico y recibir asistencia médica si fuese necesario.
Si sos menor de edad:
  • La policía debe notificar inmediatamente a tus padres, tutores o a los órganos judiciales competentes.
Si sos parte del colectivo LGBT+
La policía debe respetar el derecho a la identidad de género de las personas, es decir aplicar el trato digno, ser llamadas con el nombre y género que desean. Para ello se debe tomar en cuenta los siguientes aspectos:
  • Preguntar a la persona con que nombre se identifica y en adelante usar ese, a pesar de que su DNI diga lo contrario.
  • Preguntar a la persona con qué pronombres desea ser llamada, masculinos, femeninos o neutros (él, ella, elle).
  • No presumir la heterosexualidad de la persona.
  • En el caso de que la persona no haya manifestado su nombre y se tenga dudas respecto de su género, la forma más segura de no lesionar ningún derecho es llamando a la persona por su apellido, cuando no podemos preguntarle el nombre.
  • Incluir en todo instrumento de registro el nombre expresado por la persona a pesar de que no corresponda con lo expresado en su DNI. Para ello, se debe usar el nombre utilizado por la persona, las iniciales del nombre consignado en el DNI y el apellido.
Protección contra el maltrato
  • Está prohibido que la policía ejerza tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes.
  • Si sufrís maltrato, una vez liberado/a, concurrí a un hospital para que certifiquen las lesiones y denunciá el hecho ante la Unidad Fiscal de Investigación (UFI) que se encuentre de turno.

Si tenés dudas o necesitás ayuda comunícate con la Defensoría


También podemos ayudarte en estos temas:

  • Consejo para la Prevención de las Violencias (COPREVIOL)
  • Orientar y asesorar a todas las personas que hayan sufrido casos de violencia y que hayan sido vulnerados sus derechos
  • Programas y capacitaciones que permitan la reinserción laboral de los grupos que más lo necesitan
Para más información escribinos a: contacto@defensorba.org.ar

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